glayíu del díi

jueves, 5 de septiembre de 2013

Followers: ¿de tu empresa o tu empleado?

Encuentro una publicación en LinkedIn que, en su título, pregunta si los followers (seguidores en Twitter) de una cuenta de una empresa son de la misma empresa o del empleado que atiende dicho canal...
A lo que respondería (como un gallego) con otra pregunta: ¿el dinero de la caja registradora de una empresa es del empleado que trabaja con ella o de la empresa?
cuida tus followers/seguidores

El caso en cuestión, que se dá en México, viene por una denuncia que una empresa (Phone Dog) interpuso contra un empleado (@noahkravitz), que gestionaba su cuenta. Yo no voy a pensar quien tiene, o tuvo, razón en éste caso. A lo que continúo con otras preguntas: ¿en las empresas se vigila/controla el dinero que hay en la caja, verdad? ¿por qué no se controla/supervisa lo concerniente a los medios digitales? Y, sobre todo, con la última pregunta, no me refiero a hacerlo en Pascuas o en Ramos (es decir, una vez al año).
Aquí entraríamos en lo que suelo definir como cultura digital... Si en una familia llega a haber malentendidos y discusiones, que puede acabar con la misma, porque no prevenir problemas en todo lo que rodea a nuestra empresa/negocio. Me canso de repetir, que la reputación online, a parte de ser muy importante, tanto para empresas comno para las personas, hay que cuidarla y mantenerla muy a menudo. Más bien a diario. Y, a diario, no quiere decir una vez al día, y lo del sábado y el domingo ya lo veo el lunes cuando llegue.. La reputación online no es un jardín, es todo lo contrario: un campo abierto y grande, muy grande. Por lo tanto, cualquiera va poder circular, caminar, opinar, etc.
Por lo que voy a proponer algunas medidas, que van a mejorar, sin duda, este tipo de "imprevistos":
- lógicamente, conviene dar con la persona ideal para el manejo de nuestra imagen y comunicación, a través de nuestras redes sociales en las distintas plataformas digitales.
- más importante que lo anterior, es la implicación  de la dirección o propiedad de la empresa/negocio. Repito, la implicación, no  sólo la participación.
- creación de un manual de uso y/o funcionamiento de las redes por parte de la empresa
- aceptación y firma de ese manual, por parte de la/s persona/s encargadas de llevar a cabo esa función
- cambio de claves de acceso/seguridad con cierta periodicidad
Podríamos seguir con muchas más,  pero lo que prima es que nuestra empresa/negocio, tenga presencia en internet e interactúe con otras personas y/o negocios. O sea, proteger pero no entorpecer nuestra comunicación a través de los medios digitales.
En cuanto, a que un empleado se marche con los datos de nuestros clientes, considero que, a parte de deshonesto e ilegal, no vamos a poder impedirlo en la práctica. ¿Por qué? Pues, también él ha interactuado o manifestado con los clientes y público en general, y, por lo tanto, el trato produce roce, y el roce puede hacer aparecer aprecio y, con ello, si nuestro empleado no está en la empresa, no vamos a poder obligar a que el cliente se quede con nosotros. 
Lo mismo va a suceder en el mundo online, no podemos impedir que nuestro empleado actúe por su cuenta (en modo personal) en Twitter. E incluso, puede llegar a tener una mejor reputación que nuestra empresa/negocio, y por lo tanto mayor credibilidad (con lo que quiero decir, es que lo bueno cuesta y lo barato suele salir caro). Pero si puede ser, que a través de su actividad, la del empleado, en cualquier plataforma digital, influya de una manera positiva o negativa en nuestra empresa/negocio. Por lo que, volviendo a lo dicho anteriormente, considero que nuestra reputación online, o de la empresa/negocio, depende directamente de nosotros y, sólo cuando llegan los problemas, intentamos derivar o culpar a los demás. Esa no es la solucción ni el camino a seguir. Y nunca es tarde para empezar. Recordad, que un largo viaje, siempre comienza con un pequeño paso.

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